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sábado, 14 de marzo de 2020

EL RALLY DEL GARBÍ PODRÍA VOLVER A LAS CARRETERAS

La Sala contenciosa del TSJ de la Comunidad Valenciana declara nula la resolución que denegó la autorización del rally en pleno parque natural de la Calderona y una orden de Medio Ambiente

La Pujada al Garbí, una histórica competición automovilística que se celebraba anualmente en pleno Parque Natural de la Sierra Calderona hasta que se desautorizó el 2017 por parte de la Generalitat Valenciana, está cada vez más cerca de retomarse.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente un recurso contencioso-administrativo del
Club Deportivo Bengala y la Federación de Automovilismo de la Comunidad Valenciana y ha declarado nula la resolución del Consejo que denegó la autorización de la 46.ª edición de la prueba, prevista para el 16 y 17 de diciembre de 2017.


La denegación de la prueba de la edición anterior llevó los organizadores a convocar una protesta contra la decisión del Consejo. La diputada autonómica del PSPV-PSOE Mercedes Caballero también se sumó públicamente a las críticas de Compromís por haber frenado la prueba en un espacio natural.

Los organizadores del acontecimiento consideran que el Parque Natural de la Sierra Calderona no es incompatible con este deporte. Cabe recordar que meses antes de la cita automovilística, un grave incendio forestal arrasó unas 600 hectáreas de paraje protegido de la Calderona, un pulmón verde bien importando situado en la provincia de Valencia.

La resolución de la directora territorial de la Consellería de Justicia, ahora anulada por la sentencia de la sección primera de la Sala Contenciosa del TSJCV, se basaba en un informe desfavorable de Medio Ambiente. La Consellería consideraba que la realización de la carrera automovilística vulneraba el artículo 7 de la orden 10/2020 de aprobación del Plan de Uso Público del Parque Natural de la Sierra Calderona, que establecía una limitación temporal de cinco años para la continuación del rally.

Además, la Abogacía de la Generalitat emitió otro informe en que afirmaba que la celebración de la carrera vulneraba el artículo 27 del Plano Rector de Uso y Gestión (PRUG) del parque natural.


El recurso contencioso de los organizadores de la prueba impugna indirectamente el artículo 7 de la orden 10/2020 que, según los demandantes, vulnera el principio de jerarquía normativa de las normas emanadas del Gobierno autonómico valenciano. Los organizadores de la prueba aducen que esta orden es contraria a una norma de rango superior, concretamente al decreto que aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque de la Sierra Calderona.

El
Club Deportivo Bengala y la Federación de Automovilismo de la Comunidad Valenciana consideran que la normativa ambiental permite la celebración de la prueba y recuerdan que, en ediciones anteriores, el rally se autorizó con todos los informes favorables. La administración autonómica del Partido Popular consideraba que, como que el rally transcurría por una carretera asfaltada, no tenía efectos medioambientales desfavorables sobre el parque natural.

Los magistrados de la Sala Contenciosa del TSJCV consideran nulas tanto la orden de la Consellería de Medio Ambiente como la resolución de la Consellería de Justicia que denegó la autorización de la prueba automovilística. La limitación en el tiempo de la autorización excepcional durante un plazo máximo de cinco años posteriores a la aprobación del plan de uso público del parque incurre en un exceso.

Los magistrados no comparten, por el contrario, el derecho que reclamaban el Club Deportivo
Bengala y la Federación de Automovilismo de la Comunidad Valenciana a la autorización de la prueba en ediciones siguientes: Se trata de una pretensión de futuro y formulada de manera genérica, por lo cual tendrá que ser la Administración autonómica la que, partiendo del que se dispone por esta Sala, resuelva las nuevas solicitudes de autorización. La sentencia no es firme y se puede recurrir en contra. 

Fuente: Diario.es

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