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sábado, 25 de abril de 2015

EXPOSICIÓN SOBRE INDUMENTARIA DEL SIGLO XVII EN SOT DE FERRER

Los vecinos de Sot de Ferrer vuelven a recordar estos días con una exposición de indumentaria antigua la concesión de la Carta Puebla a la localidad, que oficialmente será festejada el próximo día cinco de junio. 

Hace cinco años tuvo lugar el cuatrocientos aniversario del otorgamiento de la Carta Puebla a Sot de Ferrer, lo que fue celebrado por todo lo grande en la población, que desde entonces rememora anualmente el evento con diversas actividades. Entre ellas figuran la organización y posterior exposición de un taller de costura de ropa al estilo del medievo alto, cuyas prendas son vestidas después por los vecinos el día en que se festeja la efeméride. Esta exposición se halla en el local social de la Hermandad de Sot de Ferrer, y está abierta a todos los públicos.

El taller de costura, al que año tras año asisten más personas, es posible gracias a la inestimable colaboración de las maestras costureras Paca Valls, Lolín Pascual y Pili Colomer, las cuales se ocupan de dirigir los trabajos de corte y confección de los trajes de época.

La obtención de la Carta Puebla en la Edad media representaba un importante paso adelante para los moradores de la época, ya que gracias a ella podían establecerse en un determinado territorio con unos derechos y obligaciones. 

Una carta-puebla o carta de población es un documento especial otorgado durante la Edad Media por una autoridad a los pobladores de un territorio. Esta autoridad podía ser señorial o eclesiástica: reyes, señores, Iglesia, Ordenes militares, Ordenes religiosas. Los pobladores son las personas que se asientan en la nueva tierra que se puebla (o repuebla), y que procedan de otro no muy lejano del nuevo lugar que toman por residencia. 

En la carta-puebla, como documento jurídico y administrativo, se consignan las normas generales a las que deben ajustarse los nuevos pobladores o los que fueran después a poblar: obligaciones, exenciones, privilegios, fueros, etc. Las cartas de población recogen muy someramente someramente estas normas y remiten a algún fuero más extenso, donde se amplían todas las cuestiones jurídicas. 
Fuente y Fotos: InfoPalancia.com - Chelo Torrejón.

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